Los ministerios de Vivienda y de Transporte expidieron una circular conjunta en la cual se imparten directrices relacionadas con las condiciones que deben cumplir los interesados que necesiten hacer mudanzas durante el Aislamiento Preventivo Obligatorio, decretado en el marco de la emergencia sanitaria por el coronavirus covid-19. Allí, también se definen las exigencias que deben observar las empresas de transporte de carga por medio de las cuales se efectuarán esas mudanzas o trasteos.
El decreto de Aislamiento Preventivo inteligente define, entre otros aspectos, que se deben garantizar la movilidad y el transporte de carga, almacenamiento y logística. Bajo esta perspectiva, el transporte de carga está excepcionado del Aislamiento Preventivo Obligatorio en el que se encuentra el país; en consecuencia, las mudanzas o trasteos podrán desarrollarse con el cumplimiento de los protocolos de bioseguridad definidos para este sector y algunos requisitos adicionales.
Es recomendable que el día de la mudanza deba llevar tanto el contrato finalizado como el nuevo.
Por ejemplo, los interesados podrán realizar mudanzas a través de empresas legalmente habilitadas para prestar el servicio de transporte carga, pero solo con estricto cumplimiento, por parte del interesado y de la compañía prestadora, de los protocolos de bioseguridad para mitigar, controlar y realizar el adecuado manejo del covid-19, establecidos por el Ministerio de Salud y Protección Social. Esto deberá verificarlo la autoridad territorial correspondiente.
Así mismo, deberán atender las instrucciones adoptadas o expedidas por las entidades del orden nacional y por la autoridad territorial de la respectiva jurisdicción, con el fin de evitar la propagación del covid-19. En todo caso, la norma advierte que cuando se trate de la prestación del servicio público de transporte de carga estará sujeto a la inspección, vigilancia y control de la Superintendencia de Transporte.
Cabe señalar que tanto los interesados como las empresas prestadoras de este transporte deberán cumplir las demás directrices que han dispuesto el Gobierno Nacional y las entidades territoriales como autoridades dentro de cada jurisdicción.
Es obligatorio cumplir con los elementos de protección necesarios para las personas encargadas de la mudanza. Además, los vehículos y las telas de protección de los objetos que transportan deben pasar por un proceso de limpieza antes del trasteo, así como los encargados de hacerla. Hay que tener en cuenta que no pueden ir más de dos personas por vehículo ni nadie con síntomas de gripa.
El distrito también estableció los casos en los que una persona se puede mudar en medio de la cuarentena en Bogotá, tales como: que un comprador deba trastearse a su propiedad por la entrega de una casa o departamento; cuando debe vivir con personas a las cuales cuidar en estos tiempos de covid-19; o cuando no existan otras alternativas que garanticen una vivienda digna, entre otros.
“Lo primero es que sea una situación de extrema necesidad que no sea aplazable , que sea de fuerza mayor. Esa sería la única circunstancia con la que estaría autorizada. De igual manera, que se observen las recomendaciones por parte de la administración del edificio o de la administración de las zonas comerciales que tienen cada uno protocolos distintos y mecanismos diferentes”, recomendó Luis Ernesto Gómez, secretario de Gobierno de Bogotá.
Este además resaltó la importancia de que se hagan en horarios que no perturben la tranquilidad de las personas y que todos cumplan con las medidas de bioseguridad. Al igual, Gómez indicó que se deben evitar las aglomeraciones y mantener la distancia con las personas durante la mudanza.
De acuerdo con la Dirección de Tránsito y Transporte de la Policía, para quienes estén realizando la mudanza fuera de las condiciones impuestas tanto por el Gobierno como por el Distrito, siguiendo el Código Nacional de Tránsito, se les podrá aplicar a los dueños de los coches una sanción de $438.000, más la inmovilización de automotor.
También se les podrá aplicar otro tipo de sanciones o llamados de atención a razón de incumplir el Código de Convivencia y Seguridad Ciudadana de la Policía Nacional y por estar fuera de las excepciones.
Por lo tanto, en el caso de que lo pare un policía al momento de estar realizando la mudanza es importante que pueda cargar con los documentos que certifiquen las razones por las cuales lo está haciendo. Entre ellos, la persona que se trastea debe llevar el nuevo contrato de arrendamiento; el contrato finalizado; la escritura del nuevo inmueble o el contrato de compraventa en los casos que se requiera o, también puede llegar a tener una declaración jurada indicando que se encuentra en una circunstancia de fuerza mayor o caso fortuito.
Si bien usted puede realizar su mudanza en estos casos sin tener algún tipo de inconveniente es importante que tenga en cuenta los horarios y días en qué se puede llevar adelante y, por supuesto, las normativas que tienen cada uno de los inmuebles a los cuales se va pasar.
También deben saber que las administraciones de los edificios y conjuntos residenciales no tienen la competencia para prohibir tanto el egreso como ingreso de mudanzas.
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