La Fiscalía ha demostrado con sus malas acciones y su forma deshonesta, ilegal y amañada de manejar los Procesos Penales que llegan a sus Despachos, que no es la Entidad idónea que requiere el país para ser ése Ente Investigativo serio.
La Fiscalía tiene procedimientos que han sido la causa del incremento del Hacinamiento Carcelario en Colombia, procedimientos como capturas sin haber razones jurídicas ciertas, sólo buscan encarcelar al sindicado para cumplir con unas metas y unas estadísticas particulares, cifras que les permiten conseguir mayores resultados en sus Ingresos y grandes dividendos en sus mesadas de Jubilación, como quiera que los valores de dichas Jubilaciones aumentan y se reducen los tiempos para llegar a ella.
La Fiscalía, una vez capturado el individuo, hace todo lo posible en asocio con el Juez de Garantías, inicialmente, luego con el Juez de Conocimiento y por último con los Jueces de Penas, Magistrados de Tribunales y Magistrados de las Altas Cortes. Con el Juez de Garantías, busca que el sindicado sea enviado, sin ninguna otra opción, a la cárcel; con el Juez de Conocimiento, busca, inicialmente alargar el Proceso ( aunque ahora con la entrada en vigencia de la Ley 1786 de 2016, ya es más difícil, pues no puede tenerlo preso más de un año ) y también busca que sea condenado, para ello, como tantas veces se ha visto, aporta pruebas falsas, no tiene pruebas reales, o como ha pasado, utilizan los llamados carteles de falsos testigos ( recordamos el caso de Sigifredo López ); con los Jueces de Penas, en ocasiones, no permiten en sus conceptos que los sindicados, cuando ya son condenados, tengan Beneficios, como la misma posibilidad de la Libertad Condicional; con los Magistrados de los Tribunales, se amangualan buscando que las apelaciones de los condenados sean rechazadas y las condenas confirmadas, aunque hayan sido falsas, o no tengan la Prueba Reina; con los Magistrados de las Altas Cortes, con sus conceptos originales, con los cuales arrancan los Procesos, hacen que los “ Ilustres “ Magistrados simplemente se limitan a copiar y pegar y confirmar sentencias, bien sea en Tutelas, o en Casaciones. Como se ve, la sombra negativa de la Fiscalía está siempre, desde que captura sin investigar, hasta que el condenado apela, sin ningún resultado. En éste caso, queda confirmada una sola cosa, por lo menos, para mí, la Fiscalía NO TRABAJA.
Y para rematar con bases ciertas el concepto que tengo de que la Fiscalía NO TRABAJA, les traigo éste caso, real, porque lo estoy siguiendo, como quiera que he sido el que ha hecho los Derechos de Petición y la Acción de Tutela en contra de las Fiscalías, en éste caso se demuestra otra cosa que hace la Fiscalía, o será que no hace, bueno, el hecho es que aquí voy a demostrar que la Fiscalía, propiciadora al 100% del Hacinamiento Carcelario en Colombia, también lo es en materia de Impunidad:
NOTA: Al citar los números de las Fiscalías diré: Fiscalía X, Fiscalía Y ( porque son dos ) y para citar al señor, lo llamaré el señor Z, esto, para evitarle problemas al señor Z.
El 15 de Julio de 2015, aquí en Bucaramanga, un celador de un Conjunto Residencial, el Señor Z, estando en su sitio de trabajo, cumpliendo con su horario habitual de Vigilancia, fue abordado salvajemente por 4 individuos, 3 hombres y una mujer que le propinaron un botellazo en la cabeza y le asestaron una puñalada al lado derecho del pecho. La acción criminal le arrojó a éste señor, al señor Z, una incapacidad, dictaminada por Medicina Legal en 35 días, tiempo, que según la Ley Penal pasa los límites y hace que el delito cometido se convierta en HOMICIDIO EN GRADO DE TENTATIVA.
Lo primero que debo mencionar es que el hecho fue registrado totalmente por cámaras internas que dejaron en claro y totalmente visibles a los 4 delincuentes, situación que hacía mucho más fácil y ágil las investigaciones que deberían hacer en la Fiscalía de turno, le correspondió a la Fiscalía X, dice la Fiscalía que inició el proceso días después y que calificó el delito como HOMICIDIO EN GRADO DE TENTATIVA. Se podría pensar que el hecho tenía como móvil central, el robo, pero resulta que no, estando en el momento de la comisión del ilícito uno de los asesinos gritó, ÉSE NO ES, DÉJENLO y se fueron como llegaron, eso quiere decir que el móvil, porque después se supo, es que los delincuentes tenían una rencilla con otro celador y quisieron matarlo, pero encontraron fue al señor Z y trataron de matarlo fue a el, razón de más para que el hecho se tipificara como HOMICIDIO EN GRADO DE TENTATIVA y no otro.
El tiempo empezó a pasar, el señor Z, confiado en que la Fiscalía X haría su deber en forma rápida y diligente, dejó transcurrir el tiempo, no hizo nada, pero la Fiscalía X, TAMPOCO. El Proceso empezó a dormir el sueño de los justos, ahí se ven varias cosas:
En Enero de éste año, 2017, casi dos años después, sin ver ninguna acción por parte de la Fiscalía X, sin haber sido ni siquiera citados los delincuentes, reconocidos por la Fiscalía por los videos existentes con todo grabado, el señor Z, mandó a su modo un Derecho de Petición en el que le pedía a la Fiscalía X, repito, a su modo, qué había pasado con el Proceso?. La Fiscalía le respondió en Febrero, reconoció que el delito era HOMICIDIO EN GRADO DE TENTATIVA, que había hecho algunas investigaciones y que el Proceso seguía en etapa probatoria. Siguió pasando el tiempo y todo volvió a quedar quieto, en Agosto de éste año, recomendé al señor Z que entutelaramos a la Fiscalía X y así lo hice. Impetré una Acción de Tutela contra la Fiscalía X, buscando el respeto al Debido Proceso y que sabiendo que el Proceso no requería más investigaciones, impartieran las órdenes de captura y mandaran el Proceso a los Jueces Penales de la ciudad. La Tutela fue respondida “sabiamente“ por un Magistrado, quien LA NEGÓ, aduciendo que no se había violado el Debido Proceso porque la Fiscalía tenía 3 años para llevar a cabo las investigaciones, que tal, 3 años en un Proceso donde todo está listo, pero, ésa no fue la mejor perla, dice el excelentísimo Magistrado que el Proceso ya no está en la Fiscalía X, sino en la Fiscalía Y y que ésta Fiscalía había dispuesto que ya no era HOMICIDIO EN GRADO DE TENTATIVA, sino LESIONES PERSONALES DOLOSAS, que tal y dicen que no hay violación del Debido Proceso?, yo veo ahí dos:
El señor Z, una vez recibida la respuesta de la Tutela, presentó otro Derecho de Petición, ahora contra la Fiscalía Y, en el le pedimos lo siguiente:
Estamos esperando que la Fiscalía Y se pronuncie sobre el Derecho de Petición, dependiendo de las babosadas y las ilegalidades que nos digan, nos iremos con otra Acción de Tutela y en caso máximo, nos iremos ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, buscando que se cumplan a favor del señor Z las Normas Penales que existen en los códigos, pero que por la pereza, la negligencia, la irresponsabilidad y/o de pronto por la corruptela que ya sabemos que existe en el interior de la Fiscalía, están haciendo que no se cumplan a favor del señor Z en un caso que no necesita ningún trabajo adicional, pero que como pasa siempre, requiere del trabajo de la Fiscalía y la palabra TRABAJO no está en el léxico de nuestra Fiscalía.
Ahí les dejo señores lectores, un hecho cierto, donde doy Fe total de lo aquí escrito y tengo las pruebas para demostrarlo, se ve aquí que como pasa en las capturas que hace la Fiscalía y la forma como llevan los Procesos en contra de alguien demandado, también pasa en aquellos Procesos donde deben hacer cumplir la Ley en favor del ciudadano raso, en el que demanda, en ambos LA FISCALÍA NO TRABAJA. Cualquiera piensa mal, será que si la víctima hubiera sido alguien con poder y con dinero, el Proceso estaría parado y si no fuera por nuestra gestión, a punto de caer en la impunidad?. Uhmmmm, cualquiera piensa mal.
Lo dicho, la Fiscalía es sinónimo de Hacinamiento en Colombia, pero también , además, de Impunidad.
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